Ayudas a emprendedores en Tierra de Campos 2026
Beneficiarios
quien
Personas trabajadoras por cuenta propia (autónomos) que se hayan dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
cultivos
multisectorial
geografico
Tierra de Campos (Castilla y León)
actividades
Apoyo al inicio de actividad por cuenta propia (alta en RETA o Mutualidad del Colegio Profesional) en municipios de Tierra de Campos. Fechas elegibles de alta: 17/03/2026 a 31/12/2026. El periodo de ejecución previsto no ha sido publicado.
cita
Resolución de la Presidencia de la Comisión Ejecutiva de Anclaje de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León (FAFECYL), por la que se convocan ayudas para el apoyo a los emprendedores, en Tierra de Campos, para el año 2026. PRIMERO.- Objeto y régimen de concesión. Convocar en régimen de concesión directa, las subvenciones para el apoyo a los emprendedores en los municipios de Tierra de Campos. QUINTO.- Acciones Subvencionables. Serán subvencionables, al amparo de lo dispuesto en la presente resolución, las solicitudes de subvención de las personas trabajadoras por cuenta propia cuya fecha de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido, en las condiciones establecidas en las bases reguladoras, entre el día 17 de marzo de 2026 y el día 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive. TERCERO. – Financiación. 6.- El importe de las ayudas concedidas a una única persona beneficiaria, en el caso de actividades que se enmarquen en la producción primaria de productos agrícolas, resultará de aplicación el Reglamento (UE) 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, no excederá de 50.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales.
Cuantía
maximo
El importe máximo por beneficiario no ha sido publicado.
pres_total
600.000€
condiciones
Ayudas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sin retención. La concesión está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Financiación con cargo a aportación de la Consejería de Economía y Hacienda.
importe_unidad
Los importes por unidad no han sido publicados.
cita
1.- La financiación de las subvenciones convocadas por la presente resolución se realiza con cargo a la aportación dineraria realizada por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León a FAFECYL para esta finalidad, por importe de seiscientos mil euros (600.000€). [...] 5.- El importe de las ayudas concedidas a una única persona beneficiaria, sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 [...] no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años. 6.- El importe de las ayudas concedidas a una única persona beneficiaria, en el caso de actividades que se enmarquen en la producción primaria de productos agrícolas [...] no excederá de 50.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales. 7.- El importe de las ayudas concedidas a una única persona beneficiaria, sujetas al Reglamento (UE) 2023/2832 [...] no excederá de 750.000 euros durante un período de tres años. [...] 2.- La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. 3.- La financiación podrá modificarse, previa realización de los trámites correspondientes, si las circunstancias lo requieren. 4.- Las subvenciones convocadas en esta Resolución están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y no resulta aplicable ningún régimen de retención.
Plazo de solicitud
Fin
15/01/2027
Inicio
12/06/2026
cita
El plazo de presentación de las solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León del extracto de esta Resolución hasta el día 15 de enero de 2027.
Tipo de procedimiento
tipo
Concesión directa - canónica
Condiciones especiales
El procedimiento de concesión directa no contempla baremo ni condiciones de selección.
cita
Convocar en régimen de concesión directa, las subvenciones para el apoyo a los emprendedores en los municipios de Tierra de Campos. Las subvenciones serán concedidas de forma directa a las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos, según el orden de entrada de la solicitud en el registro electrónico de FAFECYL para su tramitación, desde que el expediente esté completo, mientras exista crédito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud.
Requisitos principales
Ser persona trabajadora por cuenta propia cuya fecha de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se haya producido entre el 17 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
Acreditar la observancia o la exención de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a dicha obligación.
Cumplir con la obligación legal prevista en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Los documentos justificativos de gasto deben ser iguales o superiores a 100€, IVA excluido.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Formulario normalizado con declaraciones responsables (ayudas, minimis, art. 13 Ley 38/2003, memoria, gastos), DNI, representación, vida laboral, alta mutualidad, certificados tributarios, justificantes de gasto y pago, cumplimiento Ley Orgánica 3/2007, informe de inscripción en el Servicio Público de Empleo, certificado censo AEAT. Ver Resuelvo Octavo, punto 1.
canal
Presentación electrónica a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
cita
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud en instancia normalizada debidamente cumplimentada según el formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), acompañada de la documentación que se indica en el Resuelvo Octavo, punto 1, de esta convocatoria. Las solicitudes deberán cursarse de forma electrónica, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre.