Detalle de ayuda

Plan Renove de Maquinaria Agraria 2026

Convocatoria
España
15/09/2026
30% del coste
BDNS 912105

Beneficiarios

quien

Personas físicas o jurídicas titulares de explotación agraria inscrita en REGEPA o REGA; prestadores de servicios agromecánicos (epígrafes IAE 911, 912 o 851); cooperativas, SAT u otras agrupaciones agrarias cuyos socios sean titulares de al menos 3 explotaciones; agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y ADSG. Deben cumplir los requisitos de PYME del Reglamento (UE) 651/2014.

cultivos

Agricultura

geografico

España

actividades

Renovación de maquinaria agraria mediante la adquisición de maquinaria nueva en sustitución de equipos usados. Maquinaria elegible: tractores, máquinas automotrices (recolección, fitosanitarios, fertilizantes, cisternas purines, manipulación/carga, trituradoras), máquinas arrastradas (sembradoras directas, abonadoras, fitosanitarios, trituradoras, cubiertas vegetales, cisternas purines), equipos de agricultura de precisión (sensores NIR, autoguiado, ISOBUS) y robots agrícolas (novedad 2026). Ejecución: El periodo de ejecución previsto no ha sido publicado.

cita

Descripción: Plan de renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agraria (PLAN RENOVE) 2026

Cuantía

maximo

Tractores: hasta 20.000€ por beneficiario (máximo del 30% del coste sin IVA). Máquinas automotrices: hasta 27.000€. Abonadoras: hasta 5.500€. Equipos fitosanitarios: hasta 7.000€. Sembradoras directas y cisternas purines: hasta 20.000€. Trituradoras de residuos: hasta 3.000€. Mínimo subvencionable: 1.000€ (600€ para dispositivos de purín y equipos de precisión).

pres_total

9.550.000€

condiciones

Compatible con otras ayudas siempre que el total no supere el 50% del coste (medianas empresas) o el 60% (pequeñas empresas y microempresas). Concesión por orden de presentación hasta agotar crédito de cada línea; si hay remanente en una línea al cierre del plazo, pasa a la lista de espera. La maquinaria nueva no puede enajenarse en los 5 años siguientes a la inscripción en el ROMA.

importe_unidad

L1 — Equipos de agricultura de precisión y robots agrícolas: hasta 1.500.000€ de dotación total. L2 — Sembradoras de siembra directa: hasta 3.000.000€ de dotación total. L3 — Resto de maquinaria (tractores, automotrices y arrastradas): hasta 5.000.000€ de dotación total. Cuantía individual: 30% del precio de compra sin IVA/IGIC, con máximos por tipo de máquina según Art. 5 del RD 1055/2021.

cita

subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA o IGIC

Plazo de solicitud

Fin

15/09/2026

Inicio

06/07/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concesión directa - canónica

Condiciones especiales

El procedimiento de concesión directa no contempla baremo ni condiciones de selección.

Requisitos principales

  • Ser titular de explotación agraria inscrita en REGEPA o REGA, o prestador de servicios agromecánicos (epígrafes IAE 911, 912 o 851), o cooperativa/SAT/agrupación agraria con al menos 3 explotaciones de sus socios.

  • Cumplir los requisitos de PYME conforme al Reglamento (UE) 651/2014 y no tener la consideración de empresa en crisis.

  • Adquirir maquinaria nueva de los tipos recogidos en el Art. 4 del RD 1055/2021 (tractores, máquinas automotrices, arrastradas, sembradoras directas, cisternas de purines, abonadoras, equipos fitosanitarios, trituradoras, equipos de precisión) seleccionada del listado publicado por el MAPA.

  • La maquinaria a achatarrar debe estar en condiciones de uso (ITV en vigor si aplica), inscrita en el ROMA a nombre del solicitante con la antigüedad requerida según tipo, y entregarse en un centro autorizado de descontaminación (CADV) antes del 15 de noviembre del año de solicitud.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras

Proceso de solicitud

docs

Solicitud normalizada (ficha firmada descargada de la aplicación), factura de compra con marca/modelo/precio sin IVA, ficha técnica de la máquina adquirida, documentación del tractor o máquina a achatarrar (ficha técnica, ITV si aplica, compromiso de destrucción antes del 15/11), datos de cuenta bancaria con certificado de titularidad, declaración responsable (Anexo VI) y acreditación del tipo de beneficiario. Ver Art. 7 del RD 1055/2021.

canal

Exclusivamente electrónica a través de la Sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA). También presencialmente en el Registro General del MAPA (Paseo Infanta Isabel, 1, Madrid) y en cualquier registro admitido por el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

AlertasEnlace