Detalle de ayuda

Bases reguladoras de subvenciones para el sector primario de Astigarraga

Bases Reguladoras
País Vasco, Guipúzcoa, Astigarraga
Fecha no publicada
hasta 6.000€
BDNS 911456

Beneficiarios

quien

Personas propietarias, usufructuarias, arrendatarias o con derecho a uso que abonen o participen en los gastos, con caserío o explotación ubicada en Astigarraga e inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Gipuzkoa.

cultivos

Sector primario, incluyendo agricultura, ganadería, horticultura, apicultura y producción ecológica.

geografico

Astigarraga (Gipuzkoa, País Vasco)

actividades

Inversiones y mejora de explotaciones (construcción, maquinaria, instalaciones, honorarios, consultoría, placas fotovoltaicas, rehabilitación), ayudas para pienso/forraje, servicios veterinarios, lucha contra avispa asiática, mantenimiento apícola y promoción de productos agrícolas. Ejecución: 01/01/2026 a 01/12/2026.

cita

BASE 2ª. Personas beneficiarias. Tendrán la consideración de beneficiarias de esta línea subvencional las siguientes: las personas propietarias, así como las personas usufructuarias, arrendatarias o con derecho a uso, siempre que abonen o participen en el abono de los gastos. [...] a) Cuando el caserío y/o explotación no se ubique en Astigarraga. [...] BASE 1ª. Objeto y ámbito de aplicación. [...] fomento del sector primario [...]. BASE 3ª. Actividades que se subvencionan. Se considerarán gastos subvencionables total o parcialmente los realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 1 de diciembre de 2026. Las líneas de subvención podrán ser de los siguientes tipos: a) Inversiones y mejora de explotaciones [...] b) Abereen bazka eta pentsuaren prezio altuei aurre egiteko dirulaguntzak. c) Albaitaritza zerbitzuaren gastuentzako dirulaguntzak [...] d) Liztor asiarraren aurkako borrokan laguntzeko dirulaguntzak [...] e) Erlezaintza jarduera mantentzeko gastuetarako dirulaguntzak [...] f) Astigarragako nekazaritza produktuen kontsumoa bultzatzeko ekintzak.

Cuantía

maximo

6.000€

pres_total

30.000€

condiciones

Las ayudas se incrementarán en un 20% si las actuaciones están dirigidas a producciones con distintivos de calidad, denominaciones de origen, certificados de producción ecológica, o si son realizadas por jóvenes agricultores/as menores de 41 años o por mujeres titulares de explotaciones (máximo 20% de incremento total). Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, pero no podrán superar el coste de la actividad subvencionada (prohibida la sobrefinanciación). Se podrá tramitar un anticipo del 70% si la acción no se ha realizado al momento de la solicitud.

importe_unidad

Para actuaciones del apartado a) de la base 3: hasta el 70% del gasto subvencionable, con un máximo de 6.000€. Para actuaciones de los apartados b), c), d), e) y f) de la base 4: hasta el 40% del gasto subvencionable, con un máximo de 3.000€.

cita

Para ello, el Ayuntamiento cuenta con 30.000 euros en el Plan Estratégico de Subvenciones y en la partida 1.0400.480.01.410.20 (2026). (...) En el caso de las actuaciones que hace referencia el apartado a) de la base 3, el gasto subvencionable será del 70%, con un máximo de 6.000 euros. (...) En el caso de las actuaciones a las que se refiere el apartado 4. b), c), d), e) y f) de la base 4, el gasto subvencionable será del 40%, con un máximo de 3.000 euros. (...) las ayudas se incrementarán en un 20%. (...) Dirulaguntza bateragarria izango da helburu bererako beste edozein administraziok edo erakunde publiko edo pribatuk emandako dirulaguntza, laguntza, diru-sarrera edo baliabideekin, baina gainfinantzaketa debekatuta dago. (...) udalak ofizioz %70eko aurrerakinaren ordainketa izapidetuko du.

Plazo de solicitud

Fin

No se ha fijado una fecha de cierre de solicitud.

Inicio

No se ha fijado una fecha de inicio de solicitud.

cita

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva - canónica

Condiciones especiales

Esta ayuda no incluye condiciones especiales de valoración o selección.

cita

LEHIA BIDEZKO DIRULAGUNTZEN DEIALDIA: ASTIGARRAGAKO LEHEN SEKTOREKO PROIEKTUAK SUSTATZEKO DIRULAGUNTZAK EMATEKO OINARRI ARAUTZAILEAK. Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de la siguiente línea de subvenciones para el fomento del sector primario en régimen de libre concurrencia. En el caso de que el volumen de solicitudes recibidas así lo aconseje, dicho importe podrá ser incrementado, previa modificación de los créditos presupuestarios y del Plan Estratégico de Subvenciones, sin que sea necesaria una nueva convocatoria.

Requisitos principales

  • Ser persona propietaria, usufructuaria, arrendataria o con derecho a uso, siempre que abone o participe en el abono de los gastos, y que el caserío o explotación se ubique en Astigarraga.

  • La explotación debe estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

  • Los gastos subvencionables deben haberse realizado entre el 1 de enero de 2026 y el 1 de diciembre de 2026.

  • Para solicitudes de rehabilitación de caseríos (Base 3.a.9), el titular debe estar dado de alta en el Régimen Agrario de la Seguridad Social o tener 1 o más UTA.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras

Proceso de solicitud

docs

Instancia normalizada, certificado de empadronamiento, cuenta bancaria, DNI (beneficiario/representante), documentación de otras subvenciones, certificados de calidad/origen/producción ecológica, facturas/presupuestos. Ver artículo 16 de la Ordenanza de subvenciones y Base 6.

canal

Presentación de solicitudes conforme al artículo 18 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Astigarraga.

cita

Documentación a presentar: • Instancia normalizada - Los exigidos en el artículo 16 de la Ordenanza de subvenciones. • Certificado de empadronamiento de las explotaciones. • Número de cuenta corriente y certificado de titularidad de la misma. • Para las solicitudes del punto 9 del apartado a) de la base 3 de esta convocatoria, justificante de estar el titular dado de alta en el Régimen Agrario de la Seguridad Social o tener 1 o más UTA. - Onuradunaren NANaren fotokopia. • Arduradunaren edo ordezkariaren NANaren fotokopia. • Jasotako beste edozein dirulaguntzari buruzko dokumentazioa. • 8. oinarriko puntuazioa lortzeko bestelako ziurtagiriak: kalitate bereizgarria, jatorri izendapena edo ekoizpen ekologikoarena, kasu. • Egindako gastuen faktura eta ordainagiriak edo ezarritako epearen barruan egitea aurreikusten diren gastuen aurrekontuak. Las solicitudes deberán presentarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

AlertasEnlace