Subvenciones para adquisición de viviendas municipales en Teruel (2026)
Beneficiarios
quien
Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la provincia de Teruel con población censada igual o inferior a 3.000 habitantes. Excluidos los que recibieron esta ayuda desde 2021.
cultivos
administración local y servicios públicos municipales
geografico
Provincia de Teruel (Aragón)
actividades
Adquisición de viviendas de titularidad municipal destinadas a alquiler social o fines sociales. La adquisición debe haberse realizado con posterioridad al 1 de enero de 2026. Ejecución: 01/01/2026 a 30/11/2026.
Cuantía
maximo
28.800€/vivienda para municipios ≤100 hab (80% de la inversión); 25.200€ para 101-500 hab (70%); 21.600€ para 501-1.000 hab (60%); 18.000€ para 1.001-3.000 hab (50%). Inversión subvencionable máxima: 36.000€ por ayuntamiento. Máximo una ayuda por ayuntamiento.
pres_total
500.000€ iniciales, ampliables en 500.000€ adicionales mediante resolución posterior sin nueva convocatoria.
condiciones
Ayudas compatibles con otras para el mismo fin siempre que la suma no supere el 100% del presupuesto de ejecución y no se exceda el porcentaje máximo de la convocatoria. En la escritura de adquisición deberá constar la afectación al uso social durante al menos 5 años y el importe de la subvención, con inscripción en el Registro de la Propiedad.
importe_unidad
Hasta el 80% de la inversión justificada para municipios ≤100 hab; hasta el 70% para 101-500 hab; hasta el 60% para 501-1.000 hab; hasta el 50% para 1.001-3.000 hab.
Plazo de solicitud
Fin
06/07/2026
Inicio
09/06/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Criterios de valoración: población censada a 1 de enero de 2025 (≤100 hab: 4 puntos; 101-500: 3 puntos; 501-1.000: 2 puntos; 1.001-3.000: 1 punto). El orden de prelación se establece por puntuación total. En caso de empate, por riguroso orden de entrada de la solicitud con toda la documentación completa.
Requisitos principales
Ser Ayuntamiento o Entidad Local Menor de la provincia de Teruel con población censada igual o inferior a 3.000 habitantes a 1 de enero de 2025, sin haber obtenido subvención de este programa desde 2021.
La vivienda a adquirir debe destinarse a alquiler social o fines sociales, con compromiso de mantener ese destino durante al menos 5 años, inscribiendo esa afectación en el Registro de la Propiedad.
La adquisición debe haberse realizado con posterioridad al 1 de enero de 2026, acreditada mediante Escritura Notarial o Nota del Registro de la Propiedad.
Acreditar estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón y no estar incurso en procedimientos de cobro por deudas con la Diputación Provincial de Teruel.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Instancia del Alcalde/Presidente (modelo oficial), Anexo I con datos del ayuntamiento y finalidad de la ayuda, tasación oficial de la vivienda por tasador inscrito en el Registro Oficial de Sociedades de Tasación, fotografías del exterior e interior de la vivienda. La lista completa de documentación se detalla en la Base Séptima de la convocatoria.
canal
Presentación exclusivamente telemática a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel (art. 14.2 Ley 39/2015).