Subvenciones para el sector primario ecológico y cultivos alternativos en Jaca (2026)
Beneficiarios
quien
Línea 1: Operadores (personas físicas o jurídicas) de productos agrícolas ecológicos. Línea 2: Operadores de cultivos de plantas aromáticas, medicinales, frutales autóctonos o cultivos tradicionales y sus actividades de transformación artesanal.
cultivos
Sector primario: agricultura ecológica, plantas aromáticas y medicinales, frutales autóctonos y cultivos tradicionales.
geografico
Jaca (Huesca, Aragón)
actividades
Inversiones en edificios agrarios, accesos a parcelas, riego, invernaderos, eficiencia energética, TIC y maquinaria de producción o transformación. Ejecución: 01/11/2024 a 15/10/2025.
Cuantía
importe_unidad
Hasta el 75% de los gastos subvencionables
maximo
10.000€ por beneficiario
pres_total
45.000€ (20.000€ para la Línea 1; 25.000€ para la Línea 2)
condiciones
Intensidad máxima del 75% de los gastos subvencionables. Compatible con otras ayudas sin superar el coste total del proyecto.
Plazo de solicitud
Fin
01/07/2026
Inicio
09/05/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Criterios de valoración: creación de nueva actividad, creación de nuevos puestos de trabajo de carácter permanente, creación de valor añadido, transformación o valorización de los productos.
Requisitos principales
Para la Línea 1, ser persona física o jurídica operadora de productos transformados o no transformados en terrenos e instalaciones dentro del término municipal de Jaca, cumpliendo con los requisitos de producción ecológica del Reglamento (UE) 2018/848. Para la Línea 2, ser persona física o jurídica operadora de productos, transformados de forma artesanal o no transformados, en terrenos e instalaciones dentro del término municipal de Jaca, destinados a cultivos alternativos de plantas aromáticas y medicinales y/o cultivos locales tradicionales.
Acreditar la realización de la actividad si la subvención se solicita para el mismo destino y finalidad que en ejercicios anteriores. Evidenciar la disposición de los bienes al fin concreto de la subvención por un mínimo de cinco años (bienes registrables) o dos años (otros bienes), y mantenerlos durante esos periodos. Presentar cédula catastral, contrato de arrendamiento u otro documento que legitime el uso de las parcelas de cultivo por un periodo no inferior a cinco años.
Presentar la instancia de solicitud (ANEXO I), fotocopia del NIF/CIF, escritura de constitución o estatutos sociales y acuerdo de representación (para personas jurídicas), memoria de la actuación, descripción de la inversión, previsión de empleo y presupuesto (ANEXO I.1), y declaración de otras ayudas o subvenciones recibidas (ANEXO I.2).
Las inversiones subvencionables deben haberse realizado entre el 1 de noviembre de 2024 y el 15 de octubre de 2025. Si la inversión supera los 40.000€ (obra) o 15.000€ (suministro), se deben solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores. Para la Línea 1, adjuntar documentos de control y certificación de producción agraria ecológica. Para la Línea 2, adjuntar documento técnico que acredite que el cultivo es adaptado al territorio de Jaca y cumple la finalidad del Artículo 3.1.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Instancia (Anexo I), NIF/CIF, escritura de constitución, cédula catastral o contrato de arrendamiento, documentos de control de producción ecológica (Línea 1), documento técnico de cultivo (Línea 2), memoria de la actuación (Anexo I.1), declaración de otras ayudas (Anexo I.2).
canal
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios admitidos en el procedimiento administrativo.