Ayudas al sector apícola para polinización 2026
Beneficiarios
quien
Apicultores profesionales y no profesionales titulares de explotaciones apícolas con un mínimo de 70 colmenas subvencionables. En personas jurídicas, el máximo de 750 colmenas aplica por cada socio que acredite la condición de apicultor profesional.
cultivos
Sector apícola
geografico
Cataluña
actividades
Mantenimiento del número de colmenas durante un período mínimo de tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud y un mes inmediatamente posterior a la misma.
Cuantía
maximo
Hasta 750 colmenas por explotación (o por socio profesional en personas jurídicas)
pres_total
102.000€ (2.000€ partida AG03/D/480000100/6120/0000; 100.000€ partida AG03/D/470000100/6120/0000)
condiciones
En caso de insuficiencia presupuestaria el importe se ajustará proporcionalmente. Presupuesto ampliable mediante resolución posterior. Mantenimiento de colmenas exigido durante tres meses antes y uno posterior a la solicitud.
importe_unidad
Apicultores profesionales: hasta 8,50€/colmena; apicultores no profesionales: hasta 1,50€/colmena
Plazo de solicitud
Fin
15/05/2026
Inicio
01/05/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia no competitiva
Condiciones especiales
Sistema de prorrateo entre todas las personas beneficiarias si el crédito resulta insuficiente. Posible ampliación del crédito y redistribución presupuestaria entre líneas en función de la demanda, mediante resolución posterior sin nueva convocatoria.
Requisitos principales
Disponer de un mínimo de 70 colmenas subvencionables y un máximo de 750 por explotación.
Mantener el número de colmenas objeto de la subvención durante un mínimo de tres meses antes de la solicitud y un mes posterior.
Colmenas inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas.
En personas jurídicas, máximo de 750 colmenas por cada socio que acredite ser apicultor profesional.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Número de colmenas solicitadas y cuantía de ayuda solicitada. Detalle de otros ingresos o subvenciones si procede. Relación de socios apicultores (personas jurídicas). Documentación establecida en la base 14. Consultar la lista completa en las bases reguladoras.
canal
Presentación telemática obligatoria a través de la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya, conforme a los modelos establecidos en la base 13 de las bases reguladoras.