Ayudas para intervenciones en el sector apícola de la Comunitat Valenciana (2026)
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas y entes sin personalidad jurídica titulares de explotaciones apícolas inscritas en el REGA, incluidas explotaciones de titularidad compartida. También agrupaciones de apicultores cuyos socios cumplan los requisitos individuales.
cultivos
Apicultura
geografico
Comunitat Valenciana
actividades
Intervenciones apícolas del Anexo I: asistencia técnica y formación (grupos 1 y 2), adquisición de equipos, adquisición de reinas y enjambres (2.3.1), productos para la vitalidad de las colmenas (2.1.3), inversiones en infraestructura productiva, comercialización de miel y sistemas de divulgación y promoción. Ejecución: 01/08/2025 a 31/07/2026.
Cuantía
maximo
Conforme a los porcentajes subvencionables y límites por acción del Anexo II. Se aplica prorrateo si el crédito disponible no cubre íntegramente una intervención.
pres_total
1.758.618€ (1.226.109€ capítulo IV — intervenciones corrientes; 532.509€ capítulo VII — intervenciones de capital: intervenciones 2.2.2, 2.3.1, 2.4, 2.5, 3.2 y 3.3)
condiciones
Cofinanciada al 50% por FEAGA (fondos europeos), 25% por el Estado y 25% por la Generalitat Valenciana. En caso de insuficiencia de crédito para una intervención, se aplica prorrateo proporcional entre todos los beneficiarios elegibles. El crédito sobrante o resultante de renuncias puede redistribuirse entre otras intervenciones sin nueva convocatoria.
importe_unidad
Porcentajes subvencionables y módulos unitarios por intervención/acción establecidos en el Anexo II de la convocatoria. El crédito asignado a cada intervención figura en el Anexo III.
Plazo de solicitud
Fin
19/05/2026
Inicio
21/04/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Puntuación mínima exigida: 5 puntos. Criterios de valoración: dimensión de la explotación por número de colmenas (máx. 5 puntos, por tramos de 15 a más de 600 colmenas); titularidad compartida, joven agricultor o entidad asociativa prioritaria (2 puntos); participación en figuras de calidad diferenciada DOP/IGP o ecológico (2 puntos); no haber obtenido concesión en el año anterior para los mismos conceptos solicitados (2 puntos); explotación agraria prioritaria Ley 19/1995 (2 puntos); pertenencia a agrupación de defensa sanitaria ganadera (1 punto); pertenencia a cooperativa apícola o ser cooperativa (1 punto); titular de explotación profesional con 150+ colmenas o dado de alta en Régimen Especial Agrario (1 punto).
Requisitos principales
Ser titular de explotación apícola inscrita en el REGA o, en caso de agrupaciones, que los socios incluidos en la solicitud sean titulares inscritos. Explotación debe estar dada de alta antes del 1 de enero de 2026, salvo acreditación documental del cumplimiento de las condiciones del artículo 4.1.a) 1.º de la Orden 8/2023.
Para la acción 2.3.1 (adquisición de reinas y enjambres), estos deben proceder de explotaciones inscritas en REGA con orientación selección y cría o mixtas, y pertenecer a especies y subespecies no alóctonas ni exóticas.
Para la acci ón 2.1.3 (productos para la vitalidad de las colmenas), presentar certificado veterinario que justifique la necesidad de aplicación por motivos sanitarios o climáticos y declaración responsable de alimentación suplementaria de emergencia.
Para inversiones sin identificador único sujetas a periodo de durabilidad, garantizar que los elementos subvencionados no se sustituyen por otros de características similares (punto 8.1 Circular 34/2025 MAPA).
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo 4 de la Orden 8/2023, modificada por la Orden 4/2025.
Proceso de solicitud
docs
NIF/acreditación de identidad del solicitante y representante (si procede). Escrituras o estatutos en caso de sociedades o comunidades de bienes. Seguro de responsabilidad civil en vigor. Presupuesto detallado con tres ofertas por inversión/concepto (o facturas si la acción ya está ejecutada). Documentación específica según la intervención: contrato laboral (asistencia técnica), programa del curso (formación), certificado veterinario y declaración responsable de emergencia (acción 2.1.3), documentación de la explotación de origen (acción 2.3.1). La lista completa figura en el Apartado quinto de la convocatoria.
canal
Presentación telemática obligatoria en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, procedimiento 24826.