Ayudas de minimis para producción lechera de vacuno, ovino y caprino ligada a tierra 2026
Beneficiarios
quien
Titulares de explotaciones de ganado vacuno, ovino y/o caprino en Cantabria, inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas, que entreguen leche a industria o la transformen directamente. Se incluyen comunidades de bienes. Excluidas explotaciones dedicadas solo a recría.
cultivos
Ganadería (vacuno, ovino y caprino de leche)
geografico
Cantabria
actividades
Apoyo a la producción lechera de ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra. Incluye incentivos por vacas Pasiegas en ordeño. Fomenta el aprovechamiento de recursos pastables y la rentabilidad de explotaciones. Ejecución: año 2026.
Cuantía
maximo
6.000€ por explotación al año
pres_total
730.000€
condiciones
Ayuda de mínimis (Reglamento UE 1408/2013), compatible con otras ayudas. En caso de insuficiencia presupuestaria, se ajustará proporcionalmente, excepto el importe adicional por bovino pasiego.
importe_unidad
25€ por UGM (densidad < 2 UGMs/Ha); 15€ por UGM (densidad ≥ 2 e < 3 UGMs/Ha); 10€ por UGM (densidad ≥ 3 UGMs/Ha); 100€ adicionales por UGM de bovino de raza pasiega en ordeño.
Plazo de solicitud
Fin
1 mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOC
Inicio
Día siguiente a la publicación del extracto en el BOC
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Sistema de prorrateo entre todos los beneficiarios si el crédito es insuficiente, excepto para el importe adicional de bovino de raza pasiega. Criterios de valoración: carga ganadera, venta directa de leche, joven agricultor.
Requisitos principales
Estar inscrito en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria y entregar leche cruda a la industria mediante contrato homologado o realizar venta directa cumpliendo el registro en Letra Q y las declaraciones anuales al FEGA.
Cumplir los límites de calidad higiénica (recuento de células somáticas y gérmenes) entre enero y junio, asegurar la ausencia de residuos de antibióticos y no haber sido sancionado por infracciones graves en sanidad o bienestar animal el año anterior.
Disponer de tanques de leche identificados con la etiqueta Letra Q, mantener el recinto de la lechería en las condiciones técnicas exigidas y registrar obligatoriamente todas las incidencias de los animales en la base de datos SITRAN.
No superar el límite máximo de ayuda de 6.000 € por explotación y año, y aportar con la solicitud la declaración de ayudas de mínimis de los dos ejercicios anteriores y la identificación individual de los animales de raza pasiega si procede.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Solicitud (Anexo I) con declaraciones responsables. Anexo III para identificación de bovinos de raza pasiega. Anexo II si no se hizo solicitud PAC de superficies. La lista completa se detalla en el Punto 6.3 de la convocatoria.
canal
Presentación presencial en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación o en sus Oficinas Comarcales.