Ayudas de minimis para el fomento del sector equino 2026
Beneficiarios
quien
1. Titulares de explotaciones equinas de Illes Balears con animales en libros genealógicos oficiales. 2. Entidades gestoras de libros genealógicos (razas menorquina y mallorquina). 3. Entidades responsables de controles de dopaje en carreras de trote.
cultivos
Sector equino (razas: asno balear, caballo mallorquín, caballo menorquín y trotón español)
geografico
Islas Baleares
actividades
1. Inscripción de nacimientos en libros genealógicos. 2. Gestión y mantenimiento de libros genealógicos (pruebas, veterinaria, software). 3. Realización de controles antidopaje en carreras. Ejecución: 01/01/2025 a 31/12/2025.
Cuantía
maximo
Actuación 1.1: hasta 50.000€ por beneficiario; Actuaciones 1.2 y 1.3: hasta 25.000€ por beneficiario
pres_total
150.000€ (75.000€ para Actuación 1.1; 50.000€ para Actuación 1.2; 25.000€ para Actuación 1.3)
condiciones
Ayuda de minimis. Compatible con otras ayudas sin superar el coste. Incompatible con RD 1625/2011 y RD 1133/2025. En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente.
importe_unidad
Actuación 1.1: 155€ por equino inscrito; Actuaciones 1.2 y 1.3: 100% de los gastos subvencionables
Plazo de solicitud
Fin
05/06/2026
Inicio
06/05/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Sistema de prorrateo entre todas las entidades beneficiarias si el crédito es insuficiente.
Requisitos principales
Estar inscrito en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) y tener a los animales registrados en los libros genealógicos oficiales de las razas Trotador Español, Pura Raza Menorquina o Caballo Mallorquín.
Las actividades subvencionables (inscripciones de nacimientos, mantenimiento de libros o controles de dopaje) deben haberse realizado y pagado íntegramente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Mantener la titularidad de la explotación y el cumplimiento de los requisitos generales durante un periodo mínimo de un año a contar desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.
Presentar la documentación justificativa requerida, que incluye facturas pagadas, extractos bancarios, memoria de actuaciones y el número de pasaporte (UELN) de cada animal objeto de la ayuda.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Copia del NIF (persona jurídica), acreditación de representación, NIF de la agrupación, normas de funcionamiento, compromisos de ejecución, autorización NIF, representante único, compromiso de no disolución, número de pasaporte (UELN). Facturas pagadas, nóminas, justificantes de pago. Ver punto 6 del apartado sexto.
canal
Las solicitudes se han de presentar en los registros del FOGAIBA, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural o en cualquier otro registro. Las personas obligadas electrónicamente, a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.