Detalle de ayuda

Convocatoria de subvenciones para adquisición de suelo industrial e inversión empresarial (Convocatoria 2026)

Convocatoria
La Rioja
11/12/2026 (hasta las 14:00 h)
Información no publicada
BDNS 900829

Beneficiarios

quien

Grupo 1 (Suelo e Inversión): Pymes y grandes empresas industriales, de servicios, construcción o comercio mayorista. Grupo 2 (Polígonos): Entidades locales, entidades urbanísticas de conservación y asociaciones sin ánimo de lucro gestoras de áreas industriales.

cultivos

Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos)

geografico

La Rioja

actividades

Adquisición de suelo industrial, naves y locales. Modernización de polígonos (alumbrado, viales, seguridad, redes). Inversión en maquinaria, equipos informáticos, mobiliario y vehículos de transporte. Ejecución: desde 13/12/2025.

Cuantía

maximo

Información no publicada

pres_total

4.400.000€

Plazo de solicitud

Fin

11/12/2026 (hasta las 14:00 h)

Inicio

Día de la publicación del extracto en el BOR, a las 9:00 h

Tipo de procedimiento

tipo

Concesión directa - canónica

Condiciones especiales

Información no publicada

Requisitos principales

  • La empresa solicitante debe estar dada de alta en el censo de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja en un epígrafe subvencionable al cierre de la convocatoria. El proyecto o las inversiones deben ubicarse en el territorio de La Rioja. La actividad principal de la empresa debe ser industrial, extractiva, transformadora, de servicios, comercio al por mayor, comercio al por menor de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios (CNAE 47.8) o Construcción (Sección F). Se excluyen, entre otras, actividades agrícolas, ganaderas, de silvicultura, alquiler, alojamientos turísticos, inmobiliarias, financieras, de seguros y de energía eléctrica.

  • Para la adquisición de suelo industrial, la inversión debe ser para la compraventa de suelo en polígonos industriales de La Rioja, destinado a nuevas empresas, ampliación o traslado, adquirido directamente al promotor (con excepciones). El precio máximo subvencionable es de 70 €/m². Para la rehabilitación de polígonos, el proyecto de inversión debe ser igual o superior a 3.000 €. Para la mejora de competitividad, el importe del proyecto de inversión debe estar entre 20.000 € y 3.000.000 €, variando según el tamaño y tipo de empresa (nueva creación/hasta 10 trabajadores, PYME, gran empresa).

  • Las inversiones subvencionables deben haber sido abonadas respetando los plazos de pago establecidos en la normativa sectorial aplicable o en la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad. Si la subvención supera los 30.000 € y la empresa está sujeta a la Ley 3/2004, deberá acreditar el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores mediante declaración responsable o certificación de auditor. Para la adquisición de suelo, se establece un plazo máximo de dos años para iniciar las obras y cuatro años para implantar la actividad económica efectiva.

  • Se admite una solicitud por empresa y convocatoria para los programas de adquisición de suelo y rehabilitación de polígonos, y dos solicitudes para el programa de mejora de competitividad. Para empresas de Hoteles y alojamientos similares (CNAE 55.1), solo se subvencionan proyectos de traslado o creación de nuevos establecimientos. Se excluyen, entre otras, inversiones en obra civil en edificios ya usados (con excepciones), instalaciones de energía renovable de potencia superior a 100 kW o sin registro, puntos de recarga de vehículos eléctricos, calderas de combustibles fósiles, gastos de constitución, activos fijos usados (salvo terrenos/edificios bajo ciertas condiciones), inversiones de reposición, utillaje, reparación/mantenimiento, facturas cuyo coste elegible sea inferior a 1.000 €, el IVA, y gastos o inversiones concertados con entidades vinculadas.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Impuesto de Sociedades o IRPF del último ejercicio (si aplica, ver punto 4.9). La documentación completa se detalla en las bases reguladoras (Orden EIE/24/2024).

canal

Presentación telemática exclusiva a través del formulario de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja.

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