Detalle de ayuda

Convocatoria de ayudas compensatorias al sector agrario en zonas de Agricultura de Montaña y otras zonas desfavorecidas (Convocatoria 2026)

Convocatoria
País Vasco, Bizkaia
15/05/2026
hasta 60 hectáreas (persona jurídica)
BDNS 899392

Beneficiarios

quien

Titulares de explotaciones agrarias (personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes) inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias y ubicadas en zonas de montaña o con limitaciones naturales de Bizkaia.

cultivos

Ámbito agroganadero general (incluye explotaciones agrícolas y ganaderas).

geografico

Territorio Histórico de Bizkaia

actividades

Compensación de dificultades naturales en zonas de agricultura de montaña y en zonas con limitaciones naturales significativas. Ejecución: año 2026.

Cuantía

maximo

hasta 60 hectáreas (persona jurídica)

pres_total

2.200.000€

condiciones

Para 2026, la tasa de cofinanciación para las operaciones cofinanciadas por el fondo FEADER será del 65 por ciento.

importe_unidad

297€/ha en zonas de montaña; 214€/ha en zonas con limitaciones naturales significativas

Plazo de solicitud

Fin

15/05/2026

Inicio

16/02/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concesión directa - canónica

Condiciones especiales

Sistema de prorrateo entre todas las entidades beneficiarias si el crédito es insuficiente, salvo para explotaciones de mujeres o titularidad compartida. Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria.

Requisitos principales

  • Tener una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Bizkaia (o registros equivalentes de otra Comunidad Autónoma), ubicada en zonas de agricultura de montaña (Anexo I) o en zonas con limitaciones naturales significativas distintas de las de montaña (Anexo II) en Bizkaia.

  • Si el solicitante es persona física, debe ser considerado agricultor o agricultora activa y no pluriactiva a la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud única. Esto implica obtener al menos el 50% de la renta total de la actividad agraria de la explotación y dedicar al menos la mitad del tiempo de trabajo total a actividades directamente relacionadas con la explotación (máximo 2.700 horas anuales). No debe percibir pensión por jubilación ordinaria o invalidez absoluta (salvo jubilación activa, flexible o parcial).

  • Si el solicitante es persona física y realiza actividades no agrarias, el tiempo dedicado a ellas en 2025 no debe superar las 1.350 horas anuales, y se debe aportar un certificado de empresa o declaración responsable que lo acredite. Es obligatorio presentar la declaración de IRPF del ejercicio 2025, incluyendo los rendimientos agrarios de la explotación.

  • Si el solicitante es una explotación asociativa (persona jurídica), su actividad principal debe ser agraria. Al menos el 50% de sus miembros que posean al menos el 50% del capital social o cuota de reparto deben ser agricultores no pluriactivos y activos a la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud única. La explotación debe mantener la actividad agraria al menos durante el año de solicitud de la ayuda y su documento de constitución debe definir la forma jurídica, capital social, participación en la gestión y duración mínima.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Certificado de empresa o declaración responsable sobre horas de trabajo no agrarias si se declaran rendimientos de trabajo o económicos distintos a la actividad agraria en el IRPF (ejercicio 2025). Ver Base 26.

canal

Presentación mediante Solicitud Única 2026. Nuevas solicitudes: Oficina Comarcal Agraria o Servicio de Desarrollo Rural (Avda. Lehendakari Agirre 9, Bilbao).

Enlaces

Dirección de verificación

www.ebizkaia.eus

Alertas