Convocatoria de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y fomento del empleo estable y de calidad (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Empresas, autónomos y entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo que actúen como empleadoras.
cultivos
Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos).
geografico
Aragón. abierta en toda la Comunidad Autónoma de Aragón.
actividades
Contratación laboral indefinida de personas desempleadas y conversión de contratos formativos en indefinidos. Ejecución: 01/10/2025 a 30/09/2026.
Cuantía
maximo
Información no publicada.
pres_total
2.250.000€
condiciones
Financiado con fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón.
importe_unidad
Información no publicada.
Plazo de solicitud
Fin
22/10/2026 (15 días hábiles)
Inicio
Día siguiente a la publicación en el BOA (para contratos iniciados entre 01/10/2025 y la publicación) o día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada (para el resto de contratos)
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria.
Requisitos principales
Ser empresa (cualquier forma jurídica), autónomo o entidad privada sin ánimo de lucro que desarrolle su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. La subvención es para contratos indefinidos iniciales o conversiones de contratos formativos a indefinidos, cuya fecha de inicio o conversión y alta en la Seguridad Social esté comprendida entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Cumplir con el régimen de ayudas de minimis, no excediendo los 300.000 euros en un periodo de tres años. No pueden solicitar la ayuda empresas dedicadas a la producción primaria o transformación/comercialización de productos de la pesca, acuicultura o agrícolas bajo ciertas condiciones, ni actividades relacionadas con la exportación o condicionadas al uso de productos nacionales.
No haber sido sancionado por infracciones graves en programas de empleo, ni por acciones discriminatorias por razón de género o contra los derechos LGTBI. Las empresas de 50 o más trabajadores deben cumplir la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad o aplicar medidas alternativas. No haber obtenido aval del Gobierno de Aragón y haber cumplido los requisitos de subvenciones anteriores para la misma finalidad.
La persona contratada no debe tener vínculos familiares o de capital con el empleador (con excepciones para autónomos), ni haber tenido relaciones laborales previas recientes con la misma empresa o grupo bajo ciertas condiciones. El contrato no puede ser fijo discontinuo. El beneficiario deberá mantener el empleo de la persona contratada durante el periodo de obligado mantenimiento.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Documento acreditativo de la representación, documento firmado por la persona contratada (modelo normalizado), informe de vida laboral de la empresa, contrato de trabajo, acreditación de violencia de género (si aplica). Ver Apartado Noveno.
canal
Presentación a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.